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MEDIACIÓN

 
 

Las eventuales controversias derivadas de la interpretación o ejecución del presente acuerdo podrán ser sometidas por las partes a la Mediación del Instituto INMEDIA, el cual realizará la labor encomendada a través de los Mediadores a tal efecto designados, todo ello de conformidad con sus Estatutos y Reglamento, a los que las partes se acogen.

La información y documentación suministrada por las partes en el proceso de Mediación será absolutamente confidencial y no podrá ser posteriormente revelada a terceros más que por aquella parte que la haya aportado al mismo.

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MEDIACIÓN Y ARBITRAJE

 
 

Las eventuales controversias derivadas de la interpretación o ejecución del presente acuerdo podrán ser sometidas por las partes a la Mediación del Instituto INMEDIA, el cual realizará la labor encomendada a través de los Mediadores a tal efecto designados, todo ello de conformidad con sus Estatutos y Reglamento, a los que las partes se acogen.

La información y documentación suministrada por las partes en el proceso de Mediación será absolutamente confidencial y no podrá ser posteriormente revelada a terceros más que por aquella parte que la haya aportado al mismo.

En caso de concluir la Mediación sin resultado positivo, aceptado expresamente por todas las partes, la cuestión se resolverá definitivamente mediante Arbitraje de la CORTE ARBITRALIA, que actuará de conformidad con su Estatuto y Reglamento, que las partes afirman aceptar, sometiéndose a la integridad de su contenido y de sus eventuales modificaciones y encomendando a dicha Corte la administración del Arbitraje y la propuesta de Árbitro o Árbitros y, en su caso, su nombramiento.

Los Árbitros designados deberán resultar en todo caso ajenos al proceso previo de Mediación, salvo acuerdo expreso de todas las partes en sentido contrario.

A los efectos de las comunicaciones que la Corte deba realizar a las partes, éstas designan expresamente los siguientes domicilios: (-indicar domicilio de cada una de las partes-). Las partes se comprometen a notificarse mutuamente cualquier variación de domicilio de las mismas que se produzca con posterioridad a la suscripción del presente convenio y antes de la finalización del Arbitraje.

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